8 de enero de 2021

Bloqueos y trolls: la nueva normalidad del copyright

Para buena parte del mundo, el comienzo del año conlleva una gran razón de celebración: en varios países se celebra el Día del Dominio Público, la jornada en que una enorme cantidad de obras intelectuales dejan de hallarse restringidas por los derechos exclusivos de autor, debido al transcurso del tiempo desde la muerte de sus creadores y creadoras. Aunque esa celebración es de complejidad variable, dependiendo de cada legislación nacional, y aunque hay países que por el momento no cuentan con esta celebración, siempre es beneficioso que exista más cultura circulando de manera libre, sin ataduras legales innecesa rias. Más aún en un contexto de pandemia e intercambio cultural a distancia.

Como destacamos hace apenas unas semanas, la pandemia ha dejado claro que el acceso al conocimiento y la cultura, en sus distintas instancias de ejercicio, es una parte fundamental del desarrollo humano; al mismo tiempo que se reconoce que las reglas rígidas de propiedad intelectual se erigen como un obstáculo para ese ejercicio. Aunque la realidad y el futuro nos inviten a flexibilizar, o modernizar esas reglas, la regulación y la práctica ofrecen un panorama desalentador: no hay avances para entregar mejores reglas favorables a la educación y la cultura a nivel internacional. A la vez, varios países en América Latina comienzan a importar, o mantienen algunas de las peores prácticas globales sobre derechos de autor.

La invasión de los trolls

En Brasil, a fines de noviembre de 2020 fue denunciado por Canaltech el arribo masivo de los trolls del copyright, mediante el envío de cartas a miles de personas, cobrando a cada una de ellas 3 mil reales —unos 570 dólares de EE. UU—, por haber registrado sus números de dirección IP en conexión con la descarga vía torrent de algunos títulos de películas hollywoodenses. 

La información de esas personas provino de las operadoras de telecomunicaciones en el contexto de una solicitud por vía judicial, a instancias de una empresa alemana de gestión de derechos de autor, ocurrida a mediados de 2019. Los datos personales de unos 70 mil destinatarios de esas cartas quedaron expuestos a terceros, mediante una planilla compartida. De esta manera, se creó un riesgo innecesario para decenas de miles de personas, que buscaba facilitar un cobro de dinero, basado en una reclamación de muy dudosa legalidad. El Partido Pirata brasileño, en conjunto con varias organizaciones y redes de la sociedad civil, está denunciando públicamente esta actitud matonesca y contraria a normas y principios del Marco Civil de Internet y de la nueva Ley General de Protección de Datos.

Evadiendo a los jueces

Como denuncia Hiperderecho, en Perú se ha vuelto costumbre el bloqueo de sitios en los últimos años, por orden administrativa y sin intervención judicial alguna. Allí, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en una interpretación laxa de sus atribuciones bajo la Ley de Derecho de Autor, desde 2018 ha ordenado el bloqueo de decenas de sitios como una medida cautelar por supuesta infracción de derechos de autor en los mismos. Esta medida se adopta sin notificación ni intervención de los titulares de los sitios, sino que se ordena el bloqueo a las empresas proveedoras de internet que operan en el país. A pesar del carácter extremo de la medida, no se generan instancias para asegurar su ajuste a derecho ni las enormes afectaciones de derechos q ue se generan. Es decir, no hay un control de la legalidad, ni la necesidad, ni la proporcionalidad de los bloqueos, o siquiera una comprobación imparcial de las circunstancias que los justifican.

Lo lamentable es que esto no es exclusivo de Perú. En Uruguay, la ley autoriza desde 2021 el bloqueo administrativo de sitios por infracción a los derechos de autor, específicamente tratándose del streaming audiovisual no autorizado. A pesar de las fuertes críticas de la sociedad civil a la versión inicial, la Ley de Presupuesto 2020-2024, faculta a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) a adoptar “medidas sancionatorias y preventivas” que incluyen el bloqueo de sitios, previa denuncia de los titulares de servicios de televisión. Tras las críticas, el lenguaje de la ley fue limitado antes de su aprobación, y aunque todavía falta la reglamentaci&oacu te;n del procedimiento por el Ejecutivo, la mala señal es clara: es posible convertir a la autoridad administrativa en brazo armado de los intereses de un puñado de industrias en desmedro de la red.

El futuro exige algo mejor

A la espera de lo que ocurra en México con la discusión sobre la inconstitucionalidad de las reformas legales en implementación del T-MEC, en el resto de la región no hay muy buenas noticias en el ámbito de la protección del acceso al conocimiento y la cultura en línea. En lugar de flexibilizar las condiciones de acceso cuando parece más crucial (sin siquiera mencionar las necesidades más profundas de países en desarrollo), continuamos observando algunas de las peores prácticas posibles ya presentes en otras latitudes. A estas alturas, sabemos que el problema no son los trolls, ni los bloqueos, ni los retiros sin orden judicial: el derecho de autor está roto. No necesita ser arreglado, sino reformulado. El presente y el futuro lo exigen.



☞ El artículo completo original de J. Carlos Lara lo puedes ver aquí

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