11 de febrero de 2022

Brasil: nuevas reglas de juego para evitar la difusión de noticias falsas 

En el marco de las elecciones generales que se llevarán a cabo en Brasil en octubre de este año, el Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió sus reglamentaciones. Entre ellas, se encuentra la Resolución 23.671 que trata sobre propaganda electoral y conductas ilícitas en la campaña. Además, incorpora un horario electoral gratuito; esta norma es una actualización de las reglas contenidas en la Resolución 23.610/2019. En esta columna, nos referiremos principalmente a los dos primeros tópicos.

Uno de los puntos importantes es el referido al combate a la desinformación. En este caso, la Resolución 23.671 prohíbe la difusión o el intercambio de hechos falsos o gravemente descontextualizados que socaven la integridad del proceso electoral. Según la norma, el tribunal electoral a pedido del Ministerio Público, deberá determinar el cese del ilícito, sin perjuicio de determinar la responsabilidad penal, abuso de poder y uso indebido de los medios de comunicación.

Por otra parte, la regulación respecto a la prohibición de los “disparos en masa” a través de aplicaciones de mensajería instantánea para hacer propaganda, fue modificada en dos sentidos: por un lado, se modificó el supuesto en el que el disparo ocurre “sin anuencia de la persona destinataria”, cambiando el texto a “sin consentimiento de la persona destinataria”. Asimismo, se añadió el supuesto donde el disparo se da “a partir de la contratación de procedimientos, tecnologías o servicios no provistos por la proveedor de la aplicación y en violación de sus términos de uso”.  

De acuerdo a InternetLab, la primera modificación permite armonizar el texto de la resolución con el lenguaje de la Ley General de Protección de Datos (LGPD). Sin embargo, la segunda se origina en que el uso de herramientas o servicios ilegítim os externos a las plataformas de mensajería puede afectar la transparencia de la comunicación político-electoral, e incluso, distorsionar el debate público.

La regulación de los “disparos en masa” busca garantizar la integridad del debate público mediante el combate a la automatización masiva de noticias falsas. Esta es una respuesta al uso de este mecanismo durante las elecciones de 2018, el cual fue corroborado por decisión del TSE, que rechazó el pedido de cancelación de mandato del presidente Jair Bolsonaro y del vicepresidente Hamilton Mourão, luego de que se comprobara un esquema ilícito para la propagación de noticias falsas a través de WhatsApp, en beneficio de Bolsonaro. A pesar de rechazar la pretensión de cancelación de mandato, la decisión se convierte en un precedente hacia los comicios de este año.

Una de las medidas del TSE para combatir la desinformación divulgada contra el proceso electoral en redes sociales es la firma de memorandos de entendimiento con las plataformas digitales, bajo la consideración que su cooperación es indispensable. La firma de estos convenios es parte del “Programa permanente de enfrentamiento de la desinformación” que la Justicia Electoral implementa desde el año 2018.

En tal sentido, en los próximos días se realizará la firma de estos documentos con TikTok, Twitter, WhatsApp, Facebook, Google, Instagram, YouTube y Kwai, de acuerdo a informaciones del organismo colegiado. No figura la aplicación Telegram, que es vista por el TSE como una pieza fundamental para la propagación de noticias falsas y un medio para organizar la diseminación de discurso de odio en la red. Estas dos situaciones, sumada a la falta de representante de la empresa en Brasil, hacen que la aplicación corra riesgo de ser bloqueada en el presente año. Esta medida, en todo caso, es objeto de observaciones por parte de diversos actores, en tanto que puede ser desproporcionada, ya que en el afán de eliminar cuentas que promueven ilícitos por esa vía, con un blo queo generalizado también se estaría privando de su uso a muchas personas que utilizan la aplicación para fines lícitos.

Otra iniciativa es la colaboración con WhatsApp para combatir la divulgación masiva de noticias falsas, que ya que la aplicación ha sido utilizada en las elecciones municipales del año 2020. Esta herramienta permite a la persona que recibe mensajes sospechosos durante las elecciones a hacer una denuncia a través de un formulario en la web del TSE. Si el mensaje es catalogado como un “disparo en masa”, la Corte pedirá a WhatsApp que la cuenta que lo originó sea suspendida, con la posibilidad eventual que el perfil responsable de la cuenta sea expulsado de la aplicación, y que, si la práctica se identifica con alguna candidatura en marcha, el TSE puede imponer sanciones y hasta revocar la boleta de la campaña responsable.

En la Resolución 23.671 también fueron regulados aspectos referidos al tratamiento de datos personales en el contexto electoral.  En este apartado destacan, primeramente, la prohibición expresa de desviar el fin para el cual los datos fueron obtenidos, en la hipótesis de su tratamiento para propaganda electoral. En el mismo sentido, hace referencia expresa a la importancia de observar los demás principios contenidos en la LGPD.

Otros aspectos relevantes es la adecuación del tratamiento de datos sensibles a lo dispuesto en la LGDP; así como la mención expresa a la garantía del derecho de oposición en favor del titular de datos personales tornados públicos, que fueran tratados para finalidades político-electores. Por último, la obligación de las candidaturas en informar a la persona titular sobre cómo sus datos han sido tratados, además de proporcionar un canal de comunicación que permita a las personas confirmar la presencia o no sus datos. Eventualmente, es posible formular pedidos de eliminación de su datos o darse de baja de una base, en concordancia con el art. 18 de la LGDP.

Finalmente, en este mismo contexto, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) y el TSE publicaron la Guía Orientadora para la aplicación de la LGPD por organismos involucrados en el proceso electoral.



☞ El artículo completo original de Laura Hernández lo puedes ver aquí

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