El auge en el uso de tecnologías de inteligencia artificial (IA) plantea preguntas éticas y legales sobre la titularidad de los derechos de auto r en las obras generadas por estas máquinas. En este artículo, exploraremos cómo se aplican las leyes de derechos de autor en el caso de las creaciones de IA y los retos que presenta la relación entre la IA y la propiedad intelectual.
La naturaleza de los derechos de autor y las creaciones no humanas
Los derechos de autor protegen las obras originales creadas por un autor humano. Sin embargo, la creación de obras por parte de entidades no humanas, como animales o máquinas, ha planteado preguntas sobre la aplicabilidad de las leyes de derechos de autor en estos casos.
El caso del selfie del mono
Un ejemplo notable es el caso del llamado «selfie del mono», en el que un fotógrafo británico argumentó que debía ser reconocido como el titular de los derechos de autor de una fotografía tomada por un mono. Sin embargo, diversas opiniones legales afirmaron que las fotografías y obras de arte creadas por animales o máquinas no pueden ser objeto de derechos de autor.
Excepciones en la protección de derechos de autor para creaciones de IA
La Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos ha establecido que las obras deben ser creadas por humanos para ser protegidas por derechos de autor, lo que significa que las creaciones generadas por IA no son elegibles para esta protección. No obstante, la oficina ha expresado que consideraría otorgar protección de derechos de autor a obras generadas por IA si se puede demostrar que el usuario humano aportó un esfuerzo creativo significativo en el contenido final.
Retos y preocupaciones en torno a la IA y la propiedad intelectual
Las creaciones de IA enfrentan desafíos en términos de propiedad intelectual. Por ejemplo, la IA puede generar contenido tan similar a sus fuentes que podría considerarse plagio. Además, los datos en los que se entrenan los sistemas de IA suelen estar protegidos por derechos de autor, lo que plantea problemas en cuanto a la declaración de fuentes y el pago de licencias.
El caso de Midjourney
Cuando creábamos imágenes con Midjourney usando su plan gratuito, los resultados eran de Midjourney, no teníamos derechos sobre ellos. Cuando creamos una cuenta, los resultados son nuestros, pero no podemos usar imágenes de otros usuarios como si de un banco gratuito se tratara, porque no lo es.
Cada usuario es dueño de sus creaciones, así lo especifican los términos de uso, aunque si usamos el prompt de otra persona para crear una imagen parecida, se podría montar una nueva polémica ¿Quién es el dueño de un prompt?
Reflexiones éticas sobre el uso de la IA en la creación artística
La IA es una herramienta poderosa y novedosa, pero su uso plantea dilemas éticos y consecuencias imprevistas. Por lo tanto, es fundamental abordar el uso de la IA con una brújula moral sólida, asegurando que su aplicación sirva para el avance de la humanidad en su conjunto.
Al enfrentarnos a estos debates, debemos reflexionar sobre el papel que queremos que desempeñe la IA en nuestras vidas y cómo podemos equilibrar los beneficios de su uso con la necesidad de proteger la propiedad intelectual y fomentar la creatividad humana. En última instancia, el desafío radica en encontrar un enfoque que permita a las personas y las máquinas colaborar de manera ética y efectiva en la creación de obras originales y valiosas.
☞ El artículo completo original de Jahel Cuaresma lo puedes ver aquí
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